Skip to content

"Gobernanza en la Copropiedad Inmobiliaria: Actores Clave y su Relación en la Ley 21.442"

La gobernanza de un condominio es fundamental para asegurar su buen funcionamiento y la armonía entre sus copropietarios. La Ley 21.442 introduce importantes reformas para fortalecer los órganos de gobernanza en la copropiedad inmobiliaria, estableciendo un marco claro que define las responsabilidades y competencias de cada actor.

En este blog, te explicaremos cómo se organiza la gobernanza en un condominio y cuál es la relación entre los tres actores principales: la asamblea de copropietarios, el comité de administración y el administrador. Juntos, estos actores son responsables de tomar decisiones cruciales para la administración y el mantenimiento de los bienes comunes.

1. Asamblea de Copropietarios: El Órgano Máximo de Decisión

La asamblea de copropietarios es el órgano más importante dentro de la estructura de gobernanza de un condominio. Es en la asamblea donde se toman las decisiones más relevantes para la comunidad, como la aprobación del presupuesto anual, la elección del administrador o la modificación del reglamento de copropiedad.

Funciones clave:

  • Aprobación de Cuentas: La asamblea tiene la potestad de aprobar los estados financieros presentados por el administrador.
  • Elección de Comité y Administrador: Es en la asamblea donde se eligen los miembros del comité de administración y el administrador, asegurando la representación de los copropietarios.
  • Modificación del Reglamento: Cualquier cambio en el reglamento de copropiedad debe ser aprobado por la asamblea, con el quórum requerido según la materia a tratar.

2. Comité de Administración: El Enlace Entre la Asamblea y el Administrador

El comité de administración es el órgano ejecutivo de la asamblea, encargado de ejecutar sus acuerdos y de supervisar al administrador. Sus miembros son elegidos por los copropietarios en la asamblea y representan los intereses de la comunidad.

Responsabilidades del Comité:

  • Supervisión del Administrador: El comité es responsable de verificar que el administrador cumpla con sus obligaciones, como el mantenimiento de los bienes comunes y la recaudación de gastos.
  • Gestión de Emergencias: En casos de emergencia, el comité puede tomar decisiones rápidas para garantizar la seguridad de los copropietarios.
  • Participación en la Rendición de Cuentas: El comité debe asegurarse de que la rendición de cuentas del administrador sea clara y precisa, informando a la asamblea sobre el estado financiero del condominio.

3. Administrador: El Gestor Operativo del Condominio

El administrador es el encargado de la gestión operativa del condominio. Su función es asegurar el buen mantenimiento de los bienes comunes, la recaudación de los gastos y la ejecución de las decisiones tomadas en la asamblea.

Obligaciones del Administrador:

  • Gestión de Bienes Comunes: El administrador es responsable de garantizar que las áreas comunes estén en buen estado, gestionando su mantenimiento y certificación.
  • Rendición de Cuentas: La ley obliga al administrador a rendir cuentas de manera periódica, presentando un informe financiero detallado ante el comité y la asamblea.
  • Cumplimiento de Normas Legales: El administrador debe asegurarse de que el condominio cumpla con las normativas legales vigentes, como la certificación de instalaciones críticas y el pago de seguros.

Relación Entre los Actores

Estos tres actores están profundamente interrelacionados. La asamblea toma las decisiones estratégicas, el comité ejecuta esas decisiones y supervisa al administrador, quien se encarga de la gestión operativa. Es esencial que exista una buena comunicación entre estos órganos para garantizar una administración eficiente y la convivencia armoniosa en el condominio.

 Si necesitas asesoría sobre la gobernanza de tu condominio o tienes dudas sobre el papel del administrador y el comité, contáctanos en SORADO AEC. Te ayudamos a organizar y optimizar la estructura de tu comunidad conforme a la Ley 21.442.